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Legislación › Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad-«Mossos d'Esquadra».

Artículo 39.

Artículo 39.

1. Los miembros del Cuerpo de «Mossos d’Esquadra» tienen los derechos y los deberes que les corresponden como funcionarios de la Generalidad, en el marco de la especificidad de su función, de acuerdo con la legislación vigente.

2. La Generalidad protegerá a los funcionarios del Cuerpo de «Mossos d’Esquadra» en el ejercicio de sus funciones y les otorgará la consideración social debida a su jerarquía y a la dignidad del servicio policial.

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