Legislación › Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad-«Mossos d'Esquadra».
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta.
A efectos del régimen de previsión, los «Mossos d’Esquadra» provenientes de otras administraciones mantienen el sistema de seguridad social o de previsión que tenían originariamente, excepto en el supuesto que a partir de la entrada en vigor de la presente Ley ingresen en una categoría del Cuerpo de «Mossos d’Esquadra» superior a la que ocupaban en el momento del traspaso.
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