Legislación › Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalidad Valenciana, sobre Proteccion de los Animales de Compañía.
Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera.
La prohibición a la que hacen referencia los artículos 4.q y 25.3.n de la presente ley entrará en vigor el día 31 de enero de 2019.
Se añade por el art. 74 de la Ley 27/2018, de 27 de diciembre. BOE-A-2019-1987
← Disposición transitoria segunda Índice Disposición final →


