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Legislación › Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias.

Artículo 59. Definición.

Artículo 59. Definición.

El Director, con rango de Viceconsejero, ejerce la dirección y gestión ordinaria del Servicio Canario de Salud. Su nombramiento y cese corresponde al Gobierno de Canarias, a propuesta del Consejero competente en materia de sanidad.

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