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Legislación › Ley 8/1994, de 6 de julio, sobre planes y programas de la Comunidad de Madrid en relación con los Fondos Estructurales de la Unión Europea.

Disposición adicional.

Disposición adicional.

En el supuesto que el Consejo de Gobierno hubiera aprobado antes de la entrada en vigor de la presente Ley algún Plan o Programa Operativo, deberá en todo caso remitirlo a la Asamblea de Madrid en la forma establecida en esta Ley.

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