Legislación › Real Decreto 1647/1994, de 22 de julio, por el que se delimita el servicio telefónico básico.
Disposición transitoria primera. Tarifas de equipos terminales.
Disposición transitoria primera. Tarifas de equipos terminales.
Mientras no se establezca otra cosa, las tarifas del servicio a que se refiere el inciso final del artículo 3 serán las establecidas actualmente para «Telefónica de España, Sociedad Anónima», por la prestación del servicio de uso público.
Se numera por el art. único.6 del Real Decreto 769/1997, de 30 de mayo. BOE-A-1997-12681.
Su anterior denominación era disposición transitoria única.
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