Legislación › Orden de 26 de septiembre de 1994 por la que se aprueba el Reglamento de Primas y Financiación a la Construcción Naval.
Disposición transitoria.
Disposición transitoria.
Las solicitudes de ayudas cuyas propuestas hayan sido aprobadas por la Gerencia del Sector Naval antes de la fecha de publicación de la presente Orden, se considerarán válidas, sujetas a que, por parte de los beneficiarios correspondientes y en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de publicación de la Orden, se completen, en su caso, los cuestionarios y documentación requeridos por el Reglamento anexo a esta Orden.


