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Legislación › Real Decreto 6/1994, de 14 de enero, por el que se crea la Comisión Interministerial de Turismo.

Disposición final segunda. Funcionamiento de la Comisión Permanente.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de enero de 2005 y la del 9 de marzo de 2012. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final segunda. Funcionamiento de la Comisión Permanente.
El régimen de funcionamiento de la Comisión Permanente se desarrollará, por previo acuerdo del Pleno de la Comisión Interministerial, mediante orden del Ministro de Industria, Turismo Energía y Comercio. Turismo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-1538 Leer Qué cambió
9 de marzo de 2012 BOE-A-2012-3265 Leer Qué cambió
16 de enero de 2005 BOE-A-2005-723 Leer Qué cambió
9 de marzo de 1997 BOE-A-1997-5065 Leer Qué cambió
9 de febrero de 1994 Texto original Leer

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