Legislación › Circular 4/1994, de 14 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables, obligaciones de información, determinación del valor liquidativo y coeficientes de inversión y operativos y actuaciones en las tasaciones de inmuebles de las Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria.
Norma 9. Clases y plazos de rendición de los estados contables y estadísticos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1995 y la del 31 de diciembre de 2008.
Tachado: lo que se quitó (168 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Norma 9. Clases y plazos de rendición de los estados contables y estadísticos.
Las Sociedades de Inversión Inmobiliaria y las gestoras de Fondos de Inversión Inmobiliaria deberán presentar en la Comisión Nacional del Mercado de Valores la información reservada que a continuación se detalla: (Derogada)
Denominación
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Periodicidad
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Plazo máximo de presentación
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101 Balance.
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Trimestral.
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Día 20 del mes siguiente
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102 Cuenta de Pérdidas y Ganancias
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Trimestral.
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Día 20 del mes siguiente
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103 Estado de información auxiliar
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Mensual.
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Día 20 del mes siguiente
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104 Inventario de inmuebles y cartera financiera
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Mensual.
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Día 20 del mes siguiente
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Los modelos de los estados contables y estadísticos reservados, que se detallan en el anexo I, se presentarán en soporte informático de acuerdo con los requerimientos técnicos que establezca la Comisión Nacional del Mercado de Valores. La información deberá suscribirse por la sociedad gestora de los Fondos o por los administradores de las sociedades. El depositario de los Fondos deberá suscribir la información referida a los últimos meses fin de trimestre natural.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2008 En vigor | BOE-A-2008-15872 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1995 | Texto original | Leer |


