Legislación › Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social.
Disposición transitoria decimocuarta. Transporte público regular de viajeros en cada una de las islas de la Comunidad Canaria.
Disposición transitoria decimocuarta. Transporte público regular de viajeros en cada una de las islas de la Comunidad Canaria.
En consideración a las especificidades que concurren en el transporte colectivo regular de viajeros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/1994, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, durante el ejercicio de 1995, se procederá a elaborar un contrato-programa para cada una de las islas, con fijación de objetivos y modos de establecer un sistema eficaz de transporte público integrado en cada isla.
← Disposición transitoria decimotercera Índice Disposición derogatoria única →


