Legislación › Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social.
Disposición adicional vigésima quinta. Modificación del artículo 78.1 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
Disposición adicional vigésima quinta. Modificación del artículo 78.1 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
El artículo 78.1 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 78.
1. Para los tripulantes de los buques inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras se establece una bonificación del 70 por 100 en la cuota empresarial a la Seguridad Social.»
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 40, de 16 de febrero de 1995. BOE-A-1995-4035
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