Legislación › Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 4.
Artículo 4.
Las actividades de planificación o de intervención singular, que por su incidencia en la Ordenación del Territorio se relacionan en el anexo, quedarán sometidas a lo que para cada supuesto establece la presente Ley.


