Legislación › Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
I. Actividades de planificación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de septiembre de 2010 y la del 10 de agosto de 2010. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
ANEXO
Actividades de planificación e intervención singular en el ámbito de la Comunidad Autónoma
I. Actividades de planificación.
1. Planificación de ámbito regional y subregional de la red de carreteras.
2. Planificación de la red de carreteras de interés general del Estado.
3. Planificación de la red ferroviaria.
4. Planificación de ámbito regional y subregional del transporte público.
5. Planificación regional de centros de transporte de mercancías y de centros de actividades logísticas del transporte.
6. Planificación regional de los puertos de competencia de la Comunidad Autónoma.
7. Planificación de puertos de interés general del Estado.
8. Planificación de aeropuertos.
9. Planificación hidrológica.
10. Planificación regional y subregional de infraestructuras de aducción y depuración de aguas.
11. Planificación de infraestructuras y equipamientos para la gestión de los residuos.
12. Planes de desarrollo y programas operativos para un ámbito territorial.
13. Planes de ordenación de recursos naturales.
14. Plan General del Turismo
15. Planificación de infraestructuras energéticas.
15 bis. Planificación regional o supramunicipal en materia de vivienda.
16. Otras actividades de planificación que se refieran a las materias que se relacionan en el anexo II.
II. Actividades de intervención singular.
1. Nuevas carreteras, modificación de la clasificación o de la categoría de las carreteras.
2. Nuevas líneas ferroviarias, ampliación, cierre o reducción de las existentes.
3. Centros de transporte de mercancías y centros de actividades logísticas del transporte.
4. Nuevos puertos y aeropuertos o cambio de su funcionalidad.
5. Embalses destinados a abastecimiento de agua a poblaciones o para regadíos con una capacidad superior a 15 hm3.
6. Infraestructuras supramunicipales de aducción y depuración de aguas.
7. Infraestructuras y equipamiento ambiental para el tratamiento de residuos.
8. Alteración de límites de términos municipales.
9. Creación de Áreas Metropolitanas.
10. Transformación en regadío de zonas con superficie igual o superior a 500 Has.
11. Delimitación de zonas para el establecimiento de ayudas a empresas.
12. Localización de equipamientos o servicios supramunicipales referida a las siguientes materias:
Educación: Centros de enseñanza secundaria posobligatoria.
Sanidad: Áreas sanitarias, hospitales y centros de especialidades.
Servicios Sociales: Centros de servicios sociales comunitarios y centros de servicios sociales especializados.
13. Localización de grandes establecimientos comerciales, turísticas e industriales no previstas expresamente en el Planeamiento urbanístico general.
14. Actuaciones residenciales de interés supramunicipal con destino preferente a viviendas protegidas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2012 En vigor | BOE-A-2012-876 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 2010 | BOE-A-2010-13465 | Leer | Qué cambió |
| 22 de septiembre de 2010 | BOE-A-2010-11490 | Leer | Qué cambió |
| 20 de marzo de 2010 | BOE-A-2010-5218 | Leer | Qué cambió |
| 10 de julio de 2007 | BOE-A-2007-9264 | Leer | Qué cambió |
| 29 de diciembre de 2002 | BOE-A-2003-772 | Leer | Qué cambió |
| 30 de enero de 2000 | BOE-A-2000-1008 | Leer | Qué cambió |
| 11 de febrero de 1994 | Texto original | Leer |


