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Legislación › Ley 1/1994, de 13 de enero, sobre creación del Instituto Canario de la Mujer.

Artículo 2.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de enero de 1994 y la del 11 de noviembre de 2014. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 2.
El Instituto Canario de la Mujer Igualdad tiene como objetivo primordial promover las condiciones que hagan real y efectiva la igualdad del hombre y la mujer en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social de Canarias.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de noviembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-11996 Leer Qué cambió
25 de enero de 1994 Texto original Leer

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