Legislación › Ley 1/1994, de 13 de enero, sobre creación del Instituto Canario de la Mujer.
Artículo 2.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de enero de 1994 y la del 11 de noviembre de 2014.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 2.
El Instituto Canario de la Mujer Igualdad tiene como objetivo primordial promover las condiciones que hagan real y efectiva la igualdad del hombre y la mujer en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social de Canarias.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de noviembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-11996 | Leer | Qué cambió |
| 25 de enero de 1994 | Texto original | Leer |


