Legislación › Ley 1/1994, de 13 de enero, sobre creación del Instituto Canario de la Mujer.
Artículo 9 bis.
Artículo 9 bis.
El Observatorio de la Igualdad de Género y la Comisión de coordinación de las políticas autonómicas y locales para la igualdad de género se regularán en su normativa específica.
Se modifica por el art. 6.5 de la Ley 4/2012, de 25 de junio. BOE-A-2012-9282


