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Legislación › Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establece los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal.

Disposición adicional única. Competencia normativa.

Disposición adicional única. Competencia normativa.

Lo dispuesto en el presente Real Decreto se dicta al amparo de las competencias exclusivas sobre comercio exterior y sobre sanidad exterior y para regular las bases y coordinación general de la sanidad, reservadas al Estado por el artículo 149.1.10.ª y 16.ª de la Constitución, así como sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica que le atribuye el artículo 149.1.13.ª, y en aplicación del apartado 2 del artículo 40 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

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