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Legislación › Ley 9/1993, de 1 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de información turística.

Disposición adicional única. Comisiones paritarias.

Disposición adicional única. Comisiones paritarias.

Se creará, por acuerdo entre el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el consejo insular correspondiente, una comisión paritaria, cuya misión será instrumentar el traspaso de los medíos y de la documentación que esta ley determina, así como garantizar que los expedientes en trámite se resuelvan en los plazos establecidos por la legislación vigente.

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