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Legislación › Ley 13/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de inspección técnica de vehículos.

ANEXO I

ANEXO I

Consejo Insular de Mallorca:

Coste: 37.987.628 pesetas.

Ingresos estimados (*): —68.019.103 pesetas.

Flujo:—30.031.475 pesetas.

Porcentaje: 42,05 por 100.

Consejo Insular de Menorca:

Coste: 2.781.026 pesetas.

Ingresos estimados (*): —7.000.000 de pesetas.

Flujo:—4.218.974 pesetas.

Porcentaje: 3,08 por 100

Consejo Insular de Ibiza y Formentera:

Coste: 49.563.047 pesetas.

Ingresos estimados (*): —54.198.297 pesetas.

Flujo: —4.635.250 pesetas.

Porcentaje: 54,87 por 100.

Total:

Coste: 90.331.701 pesetas.

Ingresos estimados (*): —129.21 7.400 pesetas.

Flujo: —38.885.699 pesetas.

Porcentaje: 100 por 100.

El flujo negativo señalado que se produce para la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se considera fijo y constante para los tres consejos insulares.

(*) La estimación se ha realizado de acuerdo con los datos de 1992.

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