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Legislación › Ley 13/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de inspección técnica de vehículos.

ANEXO II

ANEXO II

Personal que se traspasa

Consejo Insular de Mallorca:

Jefe de Negociado Técnico.

Jefe de Negociado Administrativo.

Auxiliar de Caja y recepción de documentos.

Auxiliar lugar base de Palma.

Dos mecánicos supervisores de Palma.

Oficial de segunda mecánico.

Practicante especializado taller mecánico de Palma.

Dos Técnicos de grado medio.

Consejo Insular de Menorca;

No hay lugar al traspaso de personal.

Consejo Insular de Ibiza y Formentera:

Mecánico supervisor Inspección Técnica de Vehículos.

Mecánico oficial de segunda Inspección Técnica de Vehículos.

Practicante especializado taller mecánico Inspección Técnica de Vehículos.

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