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Legislación › Ley 2/1994, de 9 de marzo, del Procurador del Común de Castilla y León.

Artículo 15.

Artículo 15.

El superior jerárquico o la autoridad que prohíba al personal a su servicio responder a las requisitorias del Procurador del Común de Castilla y León, deberá manifestarlo mediante escrito motivado dirigido al funcionario y al propio Procurador del Común.

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