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Legislación › Circular 2/1994, de 16 de marzo, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se aprueba el modelo de folleto informativo para la constitución de los Fondos de Titulización Hipotecaria.

CAPÍTULO III

CAPÍTULO III

Información de carácter general sobre el Fondo de Titulización Hipotecaria

III.1 Antecedentes jurídicos y finalidad del Fondo.

III.2 Denominación completa del Fondo y, en su caso, denominación abreviada o comercial prevista para la identificación del mismo o de sus valores en los mercados secundarios.

III.3 Gestión y representación del Fondo y de los titulares de los valores emitidos con cargo al mismo.

III.3.1 Descripción de las funciones y responsabilidades asumidas por la Sociedad Gestora en la gestión y representación legal del Fondo y en la de los titulares de los valores emitidos con cargo a aquél.

III.3.2 Esquema de remuneración a favor de la Sociedad Gestora por el desempeño de sus funciones.

III.4 Valor patrimonial del fondo e indicación sucinta de los activos y pasivos que determinan dicho valor tanto en su origen como una vez iniciado su funcionamiento. A este respecto deberá facilitarse una relación sumaria de los gastos de constitución así como de los gastos periódicos a cargo del Fondo, y de los ingresos consecuencia de su funcionamiento.

III.5 Formulación, verificación y aprobación de cuentas anuales y demás documentación contable del Fondo. Nombre de los auditores de cuentas designados para la auditoría del Fondo.

III.5.1 Obligaciones y plazos previstos para la formulación, verificación y aprobación de cuentas anuales e informe de gestión.

111.5.2 Obligaciones y plazos previstos para la puesta a disposición del público y remisión a la Comisión Nacional del Mercado de Valores de la información periódica de la situación económico-financiera del Fondo.

111.5.3 Obligaciones de comunicación de hechos relevantes.

111.6 Régimen fiscal del Fondo.

111.7 Supuestos excepcionales de modificación, de la escritura de constitución del Fondo.

111.8 Liquidación y extinción del Fondo.

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