Legislación › Real Decreto 537/1994, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del militar de empleo de la categoría de oficial.
Artículo 11. Ingreso en las Fuerzas Armadas.
Artículo 11. Ingreso en las Fuerzas Armadas.
El Gobierno, a propuesta del Ministro de Defensa, determinará cada año el número de plazas para acceso a militar de empleo de la categoría de oficial, especificando los cupos que correspondan a las distintas modalidades de enseñanza de formación.
Las convocatorias, procedimientos y sistemas de selección para el accesdo a militar de empleo de la categoría de oficial se atendrán a lo dispuesto en el Reglamento general de ingreso en los centros docentes militares de formación y de acceso a la condición de militar de empleo, aprobado por Real Decreto 562/1990, de 4 de mayo.
Los aspirantes seleccionados adquirirán la condición militar como alumnos y causarán alta en los centros docentes militares de formación en las fechas que determine la convocatoria correspondiente.
Este artículo entra en vigor el 1 de septiembre de 1994, según establece la disposición final 2.


