Legislación › Ley 3/1994, de 29 de marzo, de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León.
Disposición adicional décima. Legislación supletoria de régimen sancionador en materia de tabaco.
Disposición adicional décima. Legislación supletoria de régimen sancionador en materia de tabaco.
En todo lo relacionado con la venta, suministro, consumo, publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco que no esté regulado en la presente Ley, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Se añade por el art. único.41 de la Ley 3/2007, de 7 de marzo. BOE-A-2007-7034
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