Legislación › Ley 11/1995, de 11 de mayo, reguladora de la utilización y control de los créditos destinados a gastos reservados.
Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única.
En la actual legislatura, la Comisión parlamentaria prevista en el artículo 7 se constituirá, a los efectos de esta Ley, a partir de la publicación de la presente Ley.
← Disposición adicional única Índice Disposición final primera →


