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Legislación › Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía.

Artículo 24. Nombramiento.

Artículo 24. Nombramiento.

Quienes hayan superado los respectivos procesos de promoción interna serán declarados aptos y ascendidos a la categoría correspondiente por resolución del Director general de la Policía.

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