Legislación › Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía.
Artículo 24. Nombramiento.
Artículo 24. Nombramiento.
Quienes hayan superado los respectivos procesos de promoción interna serán declarados aptos y ascendidos a la categoría correspondiente por resolución del Director general de la Policía.


