Legislación › Ley 4/1995, de 21 de marzo, de creación de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos.
Artículo 26. Extinción y disolución de la Agencia.
Artículo 26. Extinción y disolución de la Agencia.
La extinción y disolución de la Agencia se producirá mediante Ley y llevará aparejada la subrogación de la Comunidad de Madrid en todas las relaciones jurídicas en que fuera parte aquélla.
Se añade y renumera por el art. único.9 de la Ley 8/2019, de 10 de abril. BOE-A-2019-10100
Su anterior numeración era artículo 18.


