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Legislación › Ley 4/1995, de 21 de marzo, de creación de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos.

Artículo 26. Extinción y disolución de la Agencia.

Artículo 26. Extinción y disolución de la Agencia.

La extinción y disolución de la Agencia se producirá mediante Ley y llevará aparejada la subrogación de la Comunidad de Madrid en todas las relaciones jurídicas en que fuera parte aquélla.

Se añade y renumera por el art. único.9 de la Ley 8/2019, de 10 de abril. BOE-A-2019-10100

Su anterior numeración era artículo 18.

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