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Legislación › Ley 4/1995, de 21 de marzo, de creación de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos.

Disposición transitoria cuarta.

Disposición transitoria cuarta.

Hasta en tanto se constituya el Consejo de Administración de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos y, en todo caso, durante un plazo máximo de dos meses, el Presidente y el Secretario de la Comisión de Tutela regulada en el Decreto 93/ 1990, de 4 de octubre, continuarán ejerciendo transitoriamente las funciones que éste le atribuía.

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