LexTotal

Legislación › Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.

Artículo 81. Procedimiento.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de julio de 1995 y la del 6 de enero de 2010. Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 81. Procedimiento.
1. La imposición de sanciones se hará previo expediente, que se sujetará a los principios previstos en los artículos 134 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. En el procedimiento se tendrán en cuenta, además, las siguientes reglas:
a) Se levantará un acta Las actas de inspección turística, que en caso de estimarse turística que existe infracción, constituirá el inicio del expediente, debiendo se levanten deberán contener la misma, los requisitos formales previstos en la normativa vigente sobre el ejercicio de la potestad sancionadora.
b) La instrucción del procedimiento se llevará a cabo de conformidad con dicha normativa.
En el supuesto de infracciones que pudieran ser calificadas como leves, la instrucción se podrá llevar a cabo por el procedimiento simplificado.
3. Se podrán adoptar medidas provisionales o cautelares, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normativa de aplicación para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Entre tales medidas se podrá adoptar la de suspensión temporal de la actividad hasta la resolución del procedimiento, si la infracción pudiera dar lugar a la clausura definitiva del establecimiento.
4. El órgano que resuelva el procedimiento sancionador publicará las sanciones firmes de carácter muy grave y excepcionalmente las graves. Asimismo procederá a su anotación en el Registro General de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos. Turístico.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de enero de 2010 En vigor BOE-A-2010-4222 Leer Qué cambió
19 de julio de 1995 Texto original Leer

← Artículo 80 Índice Artículo 82 →