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Legislación › Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.

Disposición adicional primera. Modificación de la Ley reguladora de Planes Insulares de Ordenación.

Disposición adicional primera. Modificación de la Ley reguladora de Planes Insulares de Ordenación.

En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno de Canarias presentará al Parlamento un proyecto de Ley de modificación de la Ley 1/1987, de 13 de marzo, reguladora de los Planes Insulares de Ordenación, donde se recojan las previsiones que en tales Planes deben incluirse como consecuencia de lo dispuesto en la presente Ley.

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