Legislación › Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.
Disposición transitoria quinta. Normativa de aplicación a los expedientes en trámite.
Disposición transitoria quinta. Normativa de aplicación a los expedientes en trámite.
Los expedientes relativos a la obtención de licencias de construcción o de autorizaciones turísticas en trámite en la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, se ajustarán a las disposiciones y planeamientos vigentes en el momento de su solicitud.
← Disposición transitoria cuarta Índice Disposición transitoria sexta →


