Legislación › Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación.
Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera.
Se autoriza al Gobierno de Canarias para actualizar las cuantías de las multas establecidas en el artículo 27 de la presente Ley.


