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Legislación › Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura.

Artículo 10.

Artículo 10.

El Consejo Regional de Deportes de Extremadura se configura como órgano adscrito a la Consejería de Educación y Juventud de la Junta de Extremadura, constituyendo su fin primordial el establecimiento de los cauces de participación de los diversos sectores que intervienen en la práctica deportiva.

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