Legislación › Ley 1/1995, de 6 de abril, de Cámaras Agrarias de Castilla y León.
Artículo 21. Convocatoria de elecciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de septiembre de 1996 y la del 9 de mayo de 2001.
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Artículo 21. Convocatoria de elecciones.
La Junta de Castilla y León convocará elecciones a Cámaras Agrarias. Agrarias cada cinco años.
La convocatoria se publicará en el «Boletín "Boletín Oficial de Castilla y León». León".
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de mayo de 2001 En vigor | BOE-A-2001-9346 | Leer | Qué cambió |
| 5 de septiembre de 1996 | Texto original | Leer |


