LexTotal

Legislación › Ley 2/1995, de 15 de marzo, reguladora del Juego y Apuestas de la Región de Murcia.

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera.

Hasta que los distintos órganos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia no hagan uso de las facultades reglamentarias que les concede la presente Ley, serán de aplicación las disposiciones generales de la Administración del Estado.

← Disposición adicional Índice Disposición transitoria segunda →