Legislación › Real Decreto 929/1995, de 9 de junio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de frutales.
Artículo 25. Normativa fitosanitaria.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de junio de 1995 y la del 4 de noviembre de 2014.
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Artículo 25. Normativa fitosanitaria.
Toda planta de vivero, tanto CAC como de las demás categorías, deberá cumplir, en su caso, las condiciones fitosanitarias pertinentes establecidas en el Real Decreto 2071/1993. 58/2005, de 21 de enero.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de noviembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-11275 | Leer | Qué cambió |
| 15 de junio de 1995 | Texto original | Leer |


