Legislación › Real Decreto 929/1995, de 9 de junio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de frutales.
Artículo 69. Requisitos relativos al mantenimiento de las plantas madre de base y los materiales de base.
Artículo 69. Requisitos relativos al mantenimiento de las plantas madre de base y los materiales de base.
1. Las plantas madre de base y los materiales de base se mantendrán en campos aislados de posibles fuentes de infección por vectores aéreos, contacto de raíces, infecciones cruzadas causadas por máquinas, navajas de injertar o cualquier otra fuente posible.
2. La distancia de aislamiento de los campos a los que se refiere el apartado 1 dependerá de las circunstancias regionales, el tipo de materiales de reproducción, la presencia de organismos nocivos en la zona en cuestión y los riesgos pertinentes según lo establecido por el organismo oficial responsable sobre la base de una inspección oficial.
Se añade por el art. único.18 del Real Decreto 744/2016, de 30 de diciembre. BOE-A-2016-12603.


