LexTotal

Legislación › Real Decreto 929/1995, de 9 de junio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de frutales.

ANEXO III

ANEXO III

Normas de calidad exterior para las plantas de vivero de los subgrupos cítricos y platanera

A) Normas de calidad exterior para los plantones de cítricos:

 

Edad del injerto

Un año

Dos o más años

Sistema radicular:

 

 

Conformación y desarrollo (*)

2

2

Dimensiones del cepellón (en su caso)

18 × 20

20 × 22

Tallo:

 

 

Diámetro mínimo medido a 10 centímetros sobre punto de injerto (centímetros):

 

 

Mandarinos y sus híbridos

0,8

0,9

Naranjos, limoneros, pomelos y limas

0,9

1

Desarrollos del brote (centímetros):

 

 

Mandarinos y sus híbridos

60

70

Naranjos, limoneros, pomelos y limas

70

80

Conformación del patrón *

2

3

Conformación del brote *

2

2

Cicatrices en el patrón **

2

2

Cicatrices en el brote **

2

2

Otras (hielo, pedrisco) **

1

1

Endurecimiento **

1

1

Tolerancias: Sobre un 50 por 100 de los plantones de una partida, un 10 por 100 de tolerancias.

Las notas * y ** del cuadro corresponden a los grados de expresión máximos tolerados.

* 0 = muy buena a 5 = muy mala.

** 0 = inexistente a 5 = excesiva presencia.

B) Normas de calidad exterior para los patrones de cítricos:

Diámetro del tallo medio medido a 10 centímetros del suelo: 0,6 centímetros.

Altura mínima: 60 centímetros.

C) Normas de calidad exterior para las plantas de vivero del subgrupo platanera:

Sistema radicular:

Volumen del cepellón: 1 litro mínimo.

Pseudotallo:

Altura media desde la base hasta la inserción de las últimas hojas emitidas: 30 centímetros mínimo.

Relación altura pseudotallo a diámetro de su base: 10:1.

← Disposición final segunda Índice