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Legislación › Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

Artículo 48.

Artículo 48.

La entidad local adjudicará la obra urbanizadora de acuerdo con el régimen de contratación establecido en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

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