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Legislación › Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

Disposición adicional sexta.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1996 y la del 7 de febrero de 2019. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional sexta.
Las mancomunidades de planificación general, comarcas, y agrupaciones, mancomunidades, así como las entidades jurídicas por ellas creadas para el desarrollo de sus fines y los distritos administrativos estarán exentos exentas de los tributos que exaccionen los municipios y concejos integrados en ellas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-2642 Leer Qué cambió
1 de enero de 1996 Texto original Leer

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