Legislación › Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
Disposición adicional sexta.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1996 y la del 7 de febrero de 2019.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras).
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Disposición adicional sexta.
Las mancomunidades de planificación general, comarcas, y agrupaciones, mancomunidades, así como las entidades jurídicas por ellas creadas para el desarrollo de sus fines y los distritos administrativos estarán exentos exentas de los tributos que exaccionen los municipios y concejos integrados en ellas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de febrero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-2642 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1996 | Texto original | Leer |
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