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Legislación › Orden de 30 junio de 1995 por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.

ANEXO I

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ANEXO I
Baremo de méritos aplicable a la promoción interna en el Cuerpo Nacional de Policía
A. Historial profesional
1. Servicios profesionales
1.1 Por cada año de servicio en cada uno de los puestos de trabajo incluidos en el Catálogo del Ministerio del Interior.
1.1.1 Director general de la Policía: 25.
1.1.2 Subdirector: 22.
1.1.3 Comisarios generales y Jefes de División: 20.
1.1.4 Jefes Superiores de Madrid y Barcelona: 18.
1.1.5 Resto de Jefes Superiores de Policía; puestos de trabajo con NCD 30 no citados en otros epígrages: 17.
1.1.6 Inspectores Regionales de Servicios; puestos de trabajo con NCD 29: 16.
1.1.7 Jefes Comisarías Provinciales del Grupo A (salvo que por el NCD asignado le corresponda una puntación superior): 15.
1.1.8 Jefes Comisarías Provinciales del Grupo B, Inspectores Provinciales de Servicios; Jefes Comisarías Locales del Grupo 1.º; puestos de trabajo de NCD 28 no citados en otros epígrafes: 14.
1.1.9 Jefes Comisarías Locales del Grupo 2.º; Inspectores Locales de Servicios; puestos de trabajo de NCD 27 no citados en otros epígrafes: 13.
1.1.10 Puestos de trabajo de NCD 26 no citados en otros epígrafes: 12.
1.1.11 Jefe Sección Operativa y puestos de carácter operativo asimilados, con NDC 24 y 25, en Servicios Centrales y en Madrid y Barcelona: 10.
1.1.12 Jefe Sección Administrativa o Técnica y puestos asimilados con NCD 24 y 25 en Servicios Centrales y en Madrid y Barcelona; Jefes Sección Operativa y puestos de carácter operativo con NCD 24 en Comisarías Provinciales del Grupo A; Jefes de Puestos Fronterizos (salvo que por aplicación de epígrafes anteriores de este apartado le corresponda una puntuación superior): 9.
1.1.13 Asesores Técnicos; Jefes de Gabinete Psicopedagógico de Centros Docentes; Secretarios Locales de Comisarías Locales del Grupo 1.º; Jefes de Sección Operativa y puestos de carácter operativo con NCD 24 en Comisarías Provinciales del Grupo B y Comisarías Locales del Grupo 1.º: 8.
1.1.14 Jefes de Brigada Local Operativa (salvo que por aplicación de epígrafes anteriores de este apartado le corresponda una puntación superior); Jefes de Sección Administrativa o Técnica en Comisarías Provinciales del Grupo A: 7.
1.1.15 Jefes Grupo Operativo en Servicios Centrales y en Madrid y Barcelona; Jefes de Sección Operativa en Comisarías Locales del Grupo 2.º; Secretarios Locales de Comisarías Locales del Grupo 2.º; Profesores Jefes de Area Docente de los Centros Docentes de la Dirección General de la Policía: 6.
1.1.16 Jefes Grupo Operativo en Comisarías Provinciales del Grupo A; Profesores de Centros Docentes; Jefes de Sección Administrativa o Técnica en Comisarías Provinciales del Grupo B y en Comisarías Locales del Grupo 1.º: 5.
1.1.17 Jefes Grupo Operativo Comisarías Provinciales del grupo B; Jefes Grupo Operativo Comisarías Locales del Grupo 1.º; Jefes Grupo Operativo Puestos Fronterizos; Instructores de Expedientes Disciplinarios en Servicios Centrales: 4.
1.1.18 Jefes Grupo Operativo en Comisarías Locales del Grupo Segundo; Jefes de Grupo Técnico en servicios centrales y Comisaría Provinciales del Grupo A; Instructores de Expedientes en servicios periféricos; Instructores de Centros Docentes: 3,5.
1.1.19 Jefes de Subgrupo en Servicios Centrales y en Madrid y Barcelona; Jefes de Subgrupo en Unidades de Intervención Policial; Jefes de Grupo Técnico restantes: 3.
1.1.20 Jefes de Subgrupo restantes; Jefes de Equipo en Servicios Centrales y en Madrid y Barcelona; Jefes de Equipo en Unidades de Intervención: 2,50.
1.1.21 Jefes de Equipo restantes: 2.
1.1.22 Personal Operativo del Grupo Especial de Operaciones (GEO) y de las Unidades de Desactivación de Explosivos: 1.
1.2 Por cada año realizando actividades policiales operativas:
1.2.1 En Órganos Centrales; en Madrid y Barcelona; en los Puestos Fronterizos de los Aeropuertos de Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat: 3,5.
1.2.2 En órganos provinciales de Comisarías Provinciales del Grupo A restantes y en los Puestos Fronterizos de los Aeropuertos ubicados en el ámbito de las mismas: 3,25.
1.2.3 En órganos provinciales de Comisarías Provinciales del Grupo B y en Comisarías Locales del Grupo 1.º: 3.
1.2.4 En órganos de Comisarías Locales del Grupo 2.º y en Puestos Fronterizos restantes: 2,50.
1.3 Por cada año realizando actividades de gestión y apoyo a la función policial:
1.3.1 En Órganos Centrales; en Madrid y Barcelona; en los Puestos Fronterizos de los Aeropuertos de Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat: 2,75.
1.3.2 En órganos provinciales de Comisarías Provinciales del Grupo A restantes y en los Puestos Fronterizos de los Aeropuertos ubicados en el ámbito de las mismas: 2,50.
1.3.3 En órganos provinciales de Comisarías Provinciales del Grupo B y en Comisarías Locales del Grupo 1.º: 2,25.
1.3.4 En órganos de Comisarías Locales del Grupo 2.º y en Puestos Fronterizos restantes: 2.
1.4 Por cada año de servicio en las Unidades Operativas siguientes:
1.4.1 Unidades de Desactivación de Explosivos no pertenecientes a Órganos Centrales y provinciales de Madrid y Barcelona: 3,50.
1.4.2 Grupos Operativos Especiales de Seguridad (GOES) y Unidades de Intervención Policial no pertenecientes a Órganos Centrales y Provinciales de Madrid y Barcelona: 3,50.
1.5 Por cada año continuo prestando servicio en las plantillas pertenecientes a los Servicios Centrales y Jefaturas Superiores de Policía siguientes:
1.5.1 Madrid, Barcelona, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Palma de Mallorca y Pamplona: 1.
2. Condecoraciones y recompensas.
2.1 Medalla de Oro al Mérito Policial: 15.
2.2 Medalla de Plata al Mérito Policial: 12.
2.3 Cruz al Mérito Policial con distintivo Rojo: 8.
2.4 Cruz al Mérito Policial con distintivo Blanco: 4.
2.5 Felicitación Pública:
Tipo A: 1.
Tipo B: 0,75.
Tipo C: 0,50.
Tipo D: 0,25.
Colectiva: 0,10.
2.6 Otras condecoraciones, recompensas y felicitaciones concedidas por instituciones oficiales por actividades directamente relacionadas con la función policial: Hasta 4.
2.7 Otras condecoraciones y recompensas concedidas por instituciones oficiales por la realización de actividades ajenas a la función policial: Hasta 2.
2.8 Placa a la Dedicación al Servicio Policial: 2.
2.9 Encomienda a la Dedicación al Servicio Policial: 1,75.
2.10 Cruz a la Dedicación al Servicio Policial: 1,50.
2.11 Medalla a la Dedicación al Servicio Policial: 1,25.
3. Actividades sindicales
3.1 Por cada año ininterrumpido en las situaciones que se citan:
3.1.1 Vocales titulares del Consejo de Policía, en representación de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía: PT+2.
3.1.2 Representantes de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía con permiso a tiempo total: PT+1.
A dichos representantes sindicales se les otorga la puntuación, por años de servicio, que corresponda al puesto de trabajo (PT) que desempeñaban antes de pasar a tal situación, a la que se sumarán 2 puntos o 1 punto, según proceda de los comprendidos en los apartados 3.1.1 ó 3.1.2.
B. Méritos académicos y otras actividades de formación y estudio relacionados con la función policial
1. Titulaciones académicas
Estar en posesión de título de:
1.1 Doctor: 10.
1.2 Licenciado, Ingeniero superior, Arquitecto superior o equivalente: 9.
1.3 Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente: 7,5.
1.4 Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente: 7.
1.5 Curso de Orientación Universitaria, Bachillerato (LOGSE): 6.
1.6 BUP, Bachiller Superior, pruebas de acceso a la Universidad, Graduado en Educación Secundaria (LOGSE), Técnico de Formación Profesional o equivalente: 5,5.
1.7 Estar en posesión de título de la Escuela Oficial de Idiomas, por cada uno: 4.
1.8 Otros estudios acreditados mediante diplomas o certificados expedidos por Centros académicos oficiales: Hasta 5.
2. Formación y estudios profesionales
2.1 Haber superado cursos de especialización en funciones del Cuerpo Nacional de Policía para los que se haya fijado servidumbre de permanencia en la especialidad: Hasta 6.
2.2 Haber superado cursos de actualización, formación permanente o perfeccionamiento programados y supervisados por la División de Formación y Perfeccionamiento: Hasta 4.
2.3 Haber superado otros cursos relacionados con la función policial: Hasta 2.
2.4 Haber dirigido o impartido cursos relacionados con la función policial: Hasta 2.
2.5 Haber impartido clases en cursos de actualización, especialización y formación permanente de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía: Hasta 3.
2.6 Ser autor de libros que tengan esa consideración legal y su contenido sea de aplicación o esté relacionado con las funciones y formación policiales: Hasta 3.
2.7 Ser autor de artículos, folletos o separatas relacionadas con la función policial: Hasta 2.
2.8 Haber impartido conferencias, dirigido seminarios o coloquios relacionados con la función policial y tutelados por la División de Formación y Perfeccionamiento: Hasta 2.
3. Méritos de cultura y preparación física
3.1 Estar en posesión de la titulación en alguna de las artes marciales reconocidas oficialmente: Hasta 1,50.
3.2 Estar en posesión del Grado de Aptitud Física policial acreditado con Diploma vigente:
Grado A: 1,50.
Grado B: 1,00.
Grado C: 0,50.
C. Antigüedad
Por cada año de servicio efectivo prestado en el Cuerpo Nacional de Policía en las siguientes categorías:
1. Policía: 1.
2. Oficial de Policía: 1,5.
3. Subinspectores: 2.
4. Inspector: 2,5.
5. Inspector Jefe: 3.
6. Comisario: 3,5.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de junio de 2024 En vigor BOE-A-2024-12811 Leer Qué cambió
24 de marzo de 2012 BOE-A-2012-4036 Leer Qué cambió
14 de julio de 1995 Texto original Leer

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