Legislación › Acuerdo entre el Reino de España y la Santa Sede sobre asuntos de interés común en Tierra Santa y anejo, hecho en Madrid el 21 de diciembre de 1994.
Artículo 12.
Artículo 12.
El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha en la que las Altas Partes Contratantes se comuniquen que han cumplido sus trámites internos respectivos para la celebración de Tratados Internacionales.


