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Legislación › Acuerdo entre el Reino de España y la Santa Sede sobre asuntos de interés común en Tierra Santa y anejo, hecho en Madrid el 21 de diciembre de 1994.

Artículo 12.

Artículo 12.

El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha en la que las Altas Partes Contratantes se comuniquen que han cumplido sus trámites internos respectivos para la celebración de Tratados Internacionales.

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