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Legislación › Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid.

Artículo 23. Actuaciones administrativas.

Artículo 23. Actuaciones administrativas.

Las Administraciones de la Comunidad de Madrid propiciarán:

a) El derecho a la participación social de los menores, arbitrándose fórmulas y servicios específicos.

b) La participación plena de los menores en los núcleos de convivencia más inmediatos de acuerdo a su desarrollo personal, que se manifestará, en todo caso, en el respeto a sus derechos y la exigencia de sus responsabilidades.

c) El asociacionismo infantil y juvenil y las fórmulas de autoorganización que posibiliten un aprendizaje de los modos y prácticas democráticas y tolerantes de convivencia.

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