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Legislación › Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid.

Artículo 82. Acción protectora en los municipios de menos de 20.000 habitantes.

Artículo 82. Acción protectora en los municipios de menos de 20.000 habitantes.

1. Los municipios de menos de 20.000 habitantes podrán, bien individualmente o agrupados en mancomunidades, suscribir convenios de colaboración con el IMAIN para la promoción y defensa de los derechos de la infancia y la adolescencia.

2. La Administración Autonómica asumirá la acción protectora socio-jurídica de los menores, en los municipios de menos de 20.000 habitantes, estableciendo con los que superen esa población convenios de colaboración de acuerdo con su capacidad de gestión técnica y de recursos económicos, así como con lo establecido en la legislación general de Servicios Sociales.

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