Legislación › Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
Se autoriza al Consejo de Gobierno a desarrollar reglamentariamente la presente Ley, en el plazo de seis meses.
← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →


