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Legislación › Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

Hasta que se promulgue el Reglamento Regulador de las Instituciones Colaboradoras de Integración Familiar para la Guarda de Menores, se autoriza al Instituto Madrileño de Atención a la Infancia a mantener los convenios o conciertos que actualmente tenga suscritos a tal efecto con entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro.

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