Legislación › Ley 6/1995, de 28 de junio, por la que se crea el Consejo Económico y Social de Galicia.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
Se autoriza a la Junta de Galicia, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de la presente ley.
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