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Legislación › Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.

Artículo 110. Decomiso de productos ilícitos.

Artículo 110. Decomiso de productos ilícitos.

La Administración podrá decomisar los productos forestales ilícitamente obtenidos así como, cuando se trate de infracciones graves y muy graves, los instrumentos y medios utilizados para su obtención. De resultar procedente la devolución, la misma podrá ser sustituida por el importe de su valor.

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