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Legislación › Real Decreto 1326/1995, de 28 de julio, por el que se regula el etiquetado energético de frigoríficos, congeladores y aparatos combinados electrodomésticos.

ANEXO IV

ANEXO IV

Categorías

Los aparatos regulados por el presente Real Decreto se agruparán en las siguientes categorías:

1. Frigoríficos domésticos sin compartimientos de baja temperatura.

2. Frigoríficos-bodegas domésticos con compartimientos de 5 ºC y 10 ºC.

3. Frigoríficos domésticos con compartimientos de baja temperatura sin estrellas.

4. Frigoríficos domésticos con compartimientos de baja temperatura de una estrella *.

5. Frigoríficos domésticos con compartimientos de baja temperatura de dos estrellas **.

6. Frigoríficos domésticos con compartimientos de baja temperatura de tres estrellas ***.

7. Frigoríficos-congeladores domésticos con compartimientos de baja temperatura de cuatro estrellas *(***).

8. Congeladores domésticos verticales.

9. Congeladores domésticos de tipo arcón.

10. Frigoríficos y congeladores domésticos con más de dos puertas y demás aparatos no recogidos en las categorías anteriores.

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