Legislación › Real Decreto 1326/1995, de 28 de julio, por el que se regula el etiquetado energético de frigoríficos, congeladores y aparatos combinados electrodomésticos.
ANEXO IV
ANEXO IV
Categorías
Los aparatos regulados por el presente Real Decreto se agruparán en las siguientes categorías:
1. Frigoríficos domésticos sin compartimientos de baja temperatura.
2. Frigoríficos-bodegas domésticos con compartimientos de 5 ºC y 10 ºC.
3. Frigoríficos domésticos con compartimientos de baja temperatura sin estrellas.
4. Frigoríficos domésticos con compartimientos de baja temperatura de una estrella *.
5. Frigoríficos domésticos con compartimientos de baja temperatura de dos estrellas **.
6. Frigoríficos domésticos con compartimientos de baja temperatura de tres estrellas ***.
7. Frigoríficos-congeladores domésticos con compartimientos de baja temperatura de cuatro estrellas *(***).
8. Congeladores domésticos verticales.
9. Congeladores domésticos de tipo arcón.
10. Frigoríficos y congeladores domésticos con más de dos puertas y demás aparatos no recogidos en las categorías anteriores.


