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Legislación › Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre, por el que se adscribe el profesorado de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional a las especialidades propias de la formación profesional específica.

Artículo 3.

Artículo 3.

Los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de las especialidades creadas por el Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre, por el que se establecen especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, tienen competencia docente para impartir los módulos profesionales de los ciclos formativos de grado medio y grado superior que se indican en el anexo III, siempre que reúnan las condiciones que en el mismo se detallan y sin perjuicio de la prioridad y obligación que para impartir estos módulos tienen los profesores de las especialidades relacionadas en el anexo II b) anterior.

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