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Legislación › Orden de 4 de octubre de 1995 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Orquesta Nacional de España.

Artículo 6.

Artículo 6.

El Consejo de Dirección de la Orquesta Nacional de España estará integrado por:

El Director general del organismo al que esté adscrita la ONE (actualmente, el INAEM), pudiendo delegar en quien estime oportuno, siempre que ostente; al menos, categoría administrativa de Subdirector general.

El Director titular.

El Director técnico.

El Presidente de la Comisión de Profesores.

Un representante de la Junta de Personal del orga­nismo.

Un representante de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando (Sección Música).

Un representante del Consejo de la Música.

Actuará como Presidente el Director general del orga­nismo y como Secretario, con voz y sin voto, un fun­cionario designado al efecto entre los destinados en la Gerencia del mismo.

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